Nuevo código de defensa al consumidor: los cambios que se plantean

Paraguay encamina una de las reformas más amplias en materia de consumo de las últimas décadas. El anteproyecto del nuevo Código de Defensa del Consumidor, impulsado por la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco), se encuentra en proceso de socialización con el objetivo de reemplazar la actual Ley 1334/98 y adaptarla al escenario actual marcado por la digitalización, la inteligencia artificial y el comercio electrónico.

Más de 200 artículos pretenden unificar las normativas, actualizar las reglas de mercado y redefinir la institucionalidad del sector. El proyecto plantea la creación de una nueva estructura estatal, con una entidad autárquica y descentralizada que reemplace el modelo actual, además de fortalecer la presencia en los municipios para ampliar la atención a los consumidores.

El nuevo código incorpora principios como la transparencia digital, la neutralidad tecnológica y la obligatoriedad de la intervención humana en los sistemas automatizados.

Uno de los cambios más relevantes aparece en el ámbito del crédito. El proyecto introduce el concepto de “préstamo responsable”, que obliga a las entidades a evaluar la capacidad real de pago del cliente antes de otorgar financiamiento. También exige advertencias claras sobre los riesgos del endeudamiento, con el fin de reducir el sobreendeudamiento de las familias.

En paralelo, se fortalecen los derechos que ya existen. El consumidor podrá cancelar compras realizadas en línea dentro de un plazo determinado sin necesidad de justificar su decisión. Se establecen garantías mínimas obligatorias para los productos nuevos y usados, además de reglas más estrictas para servicios técnicos y postventa.

El proyecto también introduce cambios en la relación entre publicidad y contrato. Es decir, todo lo que se promete en una campaña comercial pasa a tener carácter vinculante. Si un producto no cumple con lo anunciado, el consumidor podrá exigir el cumplimiento o la rescisión del contrato.

Otro punto clave es la regulación de servicios esenciales, ya que se fijan parámetros mínimos de calidad y continuidad, además de mecanismos para proteger a los usuarios ante facturaciones anómalas. En estos casos, el consumidor podrá pagar un promedio de sus facturas anteriores mientras se resuelve el reclamo.

Dentro del paquete aparece un capítulo específico que regula el entorno digital con mayor precisión. La iniciativa incorpora disposiciones para plataformas, comercio electrónico y tratamiento de datos personales. En este apartado se incluye una regulación para los creadores de contenido en redes sociales. El proyecto establece que cualquier persona que promocione productos o servicios deberá declarar de forma explícita que se trata de una publicidad e identificar al proveedor. En caso de incumplimiento, el influencer podría ser considerado responsable junto con la empresa ante eventuales daños al consumidor.

Más allá de los avances que propone el texto, el proyecto también genera cuestionamientos del sector privado. Desde la Unión Industrial Paraguaya (UIP) plantearon que no existe necesidad de reemplazar completamente el marco legal vigente. Mientras que desde el ámbito financiero advirtieron sobre posibles superposiciones de competencias en la regulación del crédito al consumo. El sector sostiene que el control prudencial ya corresponde al Banco Central del Paraguay y que una intervención adicional podría generar conflictos institucionales.

Otro aspecto observado por el sector privado es el régimen sancionatorio, y plantearon en ese aspecto la necesidad de establecer criterios claros y previsibles para la aplicación de multas, con el objetivo de evitar discrecionalidad y garantizar proporcionalidad según la gravedad de cada infracción.

El anteproyecto del nuevo Código del Consumidor se encuentra en etapa de socialización, lo que implica que aún puede incorporar ajustes a partir de las observaciones que se vayan haciendo.

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