Títulos universitarios bajo la lupa: el agujero negro de las actas

Para miles de estudiantes, recibir un título universitario representa el cierre de años de estudio, sacrificios económicos y esfuerzo familiar. El documento lleva firmas, sellos, medidas de seguridad y, una vez registrado, pasa a formar parte de los archivos oficiales del Estado.
La pregunta es qué garantiza realmente ese registro. ¿Un título universitario registrado oficialmente demuestra que una persona cursó, rindió y aprobó todas las materias que figuran en su certificado?
De acuerdo con la Resolución MEC N.º 573/2021, el procedimiento de registro e inscripción se concentra en la documentación final presentada por la institución de educación superior, como por ejemplo la identidad del egresado, el certificado de estudios y el título.
Sin embargo, no incluye elementos que permitan reconstruir toda la trayectoria académica del estudiante. No se exige como parte del trámite ordinario la revisión de las actas de cada examen, los registros de asistencia, las evidencias de prácticas profesionales o los registros de las plataformas educativas. En carreras que requieren formación práctica, tampoco aparece en este procedimiento una auditoría integral de cada instancia que permitió obtener el título.
Esto evidencia que un título registrado por el Estado no equivale a que el Estado haya comprobado toda la trayectoria académica que dio origen a ese título.
Una universidad puede emitir un certificado de estudios y un título con las firmas auténticas de sus autoridades. A simple vista, este documento es real, pero el problema aparece si la información contenida en ese documento no corresponde a la realidad académica del estudiante.
Y es acá que aparece la falsedad ideológica porque no se falsifica la firma, el sello o el papel, sino que se incorpora información que no se corresponde con los hechos.
El Ministerio de Educación y Ciencias recibe la documentación y realiza el análisis para registrar e inscribir el título. La cuestión que surge es hasta dónde llega esa verificación. Según la normativa, el trámite se concentra solo en los documentos finales, que son el certificado de la institución y el título.  
La pregunta que surge es si existen controles para comprobar que no sea un documento verdadero con contenido falso. Y el escándalo actual de los títulos falsos evidenció que existe un gran desafío para detectar documentos adulterados y también cómo se consiguieron. Eso implica avanzar hacia sistemas digitales interoperables, registros académicos trazables y mecanismos de auditoría que permitan verificar, cuando sea necesario, las distintas etapas de la formación del estudiante.

EL VACÍO LEGAL

¿Qué pasa si dentro de 10, 15 o 20 años la Fiscalía necesita comprobar si una persona realmente cursó una carrera universitaria, rindió sus exámenes y cumplió con las prácticas que figuran en su certificado de estudios?
Paraguay no cuenta con un sistema centralizado y permanente donde queden depositadas las evidencias académicas de los estudiantes, como las actas de exámenes, los registros de asistencia, las prácticas profesionales y otros documentos que permitan reconstruir una trayectoria universitaria. El problema aparece cuando el tiempo transcurre y esos documentos ya no están disponibles.
En el ámbito universitario, las calificaciones, exámenes y registros de asistencia se generan en las propias instituciones de educación superior. Sin embargo, ni la Ley N.º 4995/2013 de Educación Superior ni la Resolución CONES N.º 166/2015 establecen un sistema nacional que obligue a depositar toda esa documentación en un archivo académico centralizado y permanente.
Esto genera un punto ciego en el circuito de control de los títulos. Ante la ausencia de una normativa específica sobre conservación de la documentación académica, algunas instituciones privadas podrían recurrir por analogía al artículo 85 de la Ley N.º 1034/1983, del Comerciante, que establece un plazo de diez años para la conservación de determinados documentos comerciales.
Si 15 años después de expedirse un título, se cuestione su autenticidad y la Fiscalía quiera determinar si el estudiante asistió a las clases y rindió los exámenes, la investigación necesita acceder a los documentos, pero no le será posible si las actas fueron destruidas, extraviadas o deterioradas.

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