TSJE continúa con licitación de máquinas de votación pese a denuncias


El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) confirmó que continuará el proceso de licitación de nuevas máquinas de votación luego de que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) rechazara todas las protestas presentadas. La apertura de sobres está prevista para el próximo jueves 22 de mayo a las 8:30 en el salón auditorio del TSJE y será pública.
Entre las empresas que presentaron impugnaciones figuran Miru Systems Co Ltd y BYPAR S.A., que cuestionaron el requisito de una antigüedad mínima de diez años para participar en la licitación. El TSJE aclaró que dicho requisito se refiere a la antigüedad de la constitución de las empresas participantes, independientemente de que se dediquen a la fabricación de máquinas de votación desde un tiempo posterior.
Aunque el proceso de licitación sigue en marcha, Contrataciones Públicas abrió otra investigación tras denuncias hechas con protección de identidad. La funcionaria Rebecca Thompson fue designada para sustanciar el procedimiento investigativo.
En la primera denuncia anónima se señala que el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) incluye requisitos que podrían restringir injustificadamente la competencia:
Experiencia en venta de máquinas de votación: Se exige experiencia exclusivamente en la venta de máquinas de votación electrónica por un volumen equivalente al 80% del total requerido (22.400 unidades) en los últimos 70 años. Esto se considera arbitrario, ya que el objeto de la licitación incluye no solo la compra de máquinas, sino también un sistema integral con hardware, software, capacitación y soporte técnico.
Antigüedad mínima para miembros no fabricantes: Se exige que los miembros de un consorcio que no sean fabricantes cuenten con al menos cinco años de antigüedad desde su constitución legal. Esta condición es considerada excluyente, especialmente para empresas paraguayas, dado que el voto electrónico se implementó hace menos de cinco años en el país.
Requisitos académicos y técnicos excesivos: Los perfiles clave del proyecto, como el gerente de proyecto, líder de desarrollo y especialistas técnicos, deben contar con títulos específicos y certificaciones puntuales. Esto podría reducir la cantidad de empresas con capacidad de cumplir con estos requerimientos.
Fabricante directo y propietario del software: El PBC establece que el oferente debe ser el fabricante de las máquinas y el propietario del código fuente del software, lo cual excluye a intermediarios tecnológicos, afectando la competencia.
Requisitos de infraestructura y personal propio: Se exige infraestructura específica, como talleres propios y personal residente, lo que podría favorecer a empresas ya establecidas con dicha capacidad.
En tanto que la segunda denuncia anónima menciona un error en los requisitos del perfil del gerente de proyecto y líder de desarrollo. En el documento se menciona la certificación SFDC en lugar de SFPC, lo que generó suspicacias ya que la primera pertenece a una plataforma de gestión de relaciones con clientes, vinculada a una empresa paraguaya que coincidentemente formó parte del consorcio proveedor en el contrato anterior con el TSJE.
A pesar de estas denuncias e investigaciones en curso, el TSJE mantiene firme el calendario para la apertura de sobres, respaldado por el rechazo de las protestas anteriores.