Fiscales desmontan opereta abdista sobre avión venezolano

La jueza penal de Garantías, Lici Sánchez, hizo lugar a la desestimación de la denuncia contra la tripulación del avión venezolano de la empresa Emtrasur, atendiendo el pedido del Ministerio Público, que concluyó que no existían elementos para vincular a los implicados con actividades terroristas.

El fallo se basa en el requerimiento de los fiscales Jorge Arce y Francisco Cabrera, quienes presentaron los elementos que sustentan la postura del Ministerio Público para rechazar la denuncia impulsada por el entonces ministro Anticorrupción, René Fernández, y el exfuncionario de la DINAC, Gustavo Sandoval, durante el gobierno de Mario Abdo Benítez.

El caso, que se enmarcó en medio de un fuerte trasfondo político, se dio tras el arribo de una aeronave de la empresa venezolana EMTRASUR con autorización no regular para el traslado de cigarrillos de la empresa Tabacalera del Este S.A. (TABESA) al país de Aruba.

Esta aeronave ingresó al país en fecha 13 de mayo de 2022 en horas de la noche, con una tripulación de 18 personas, de las cuales 7 eran de nacionalidad iraní y 11 de nacionalidad venezolana, quienes supuestamente se encontraban asociadas con grupos terroristas de las fuerzas Quds, de acuerdo con las autoridades abdistas que pretendieron instalar esta vinculación.

Sin embargo, tras una exhaustiva investigación, los fiscales concluyeron que no había elementos suficientes para sostener la acusación y solicitaron la desestimación del caso. Para este requerimiento, el Ministerio Público se basó en varios puntos clave que demostraban la legalidad de la operación del avión y la falta de evidencia sobre supuestos nexos con el terrorismo de parte de sus tripulantes.

1. Legalidad del ingreso de la aeronave

Según la documentación obtenida, la aeronave YV3531 ingresó al país con la debida autorización de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) para operar como un vuelo no regular. Su propósito era trasladar un cargamento de cigarrillos hasta Aruba.

Las investigaciones confirmaron que el avión llegó vacío, salvo por pallets para el transporte de carga, y que su tripulación estaba debidamente registrada ante las autoridades.

2. Sin vinculaciones con el terrorismo

Uno de los principales argumentos de la denuncia era que los tripulantes del avión estarían vinculados a grupos terroristas de las fuerzas Quds. No obstante, el Ministerio Público corroboró, mediante informes de la Secretaría de Prevención e Investigación del Terrorismo (SEPRINTE) y organismos de cooperación internacional, que ninguno de los tripulantes tenía órdenes de captura, investigaciones en curso ni condenas por delitos relacionados con el terrorismo.

Incluso en Argentina, donde la misma tripulación fue investigada en un proceso similar, la justicia de ese país archivó la causa tras no encontrar evidencias que los vinculen con actividades ilícitas.

3. Operación comercial legítima

El avión transportaba 7.086 cajas de cigarrillos vendidas a la empresa Tabac Free Zone NV, ubicada en Aruba. La documentación de la Dirección Nacional de Aduanas confirmó que la carga contaba con todos los permisos necesarios para su exportación, incluyendo certificaciones fitosanitarias y autorizaciones de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA).

Los fiscales verificaron que el negocio cumplía con las normativas comerciales y que la empresa Emtrasur fue contratada exclusivamente para el transporte de la mercadería. No se encontraron indicios de que la operación tuviera como objetivo la financiación del terrorismo o que estuviera vinculada a alguna actividad ilícita.

4. Sin asociación con hechos punibles

A pesar de la insistencia en establecer un vínculo entre el vuelo y actividades delictivas, la investigación determinó que no existía ninguna relación entre la tripulación, la carga y una posible financiación del terrorismo. Se comprobó que la aeronave llegó vacía, que la carga fue correctamente documentada y que su destino final era Aruba, sin que existieran elementos que sugieran una operación irregular.

De esta forma, los agentes fiscales concluyeron que la denuncia no reunía los requisitos de tipicidad para configurar un delito y, por lo tanto, correspondía la desestimación.

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